El Sello "arquitectura contemporánea notable"
El sello «Arquitectura contemporánea notable» fue creado por la Ley de 7 de julio de 2016 (artículo 78) relativa a la libertad de la creación, la arquitectura y el patrimonio (Ley LCAP). Sucede al sello «Patrimonio del siglo XX», creado en 1999.
El sello "Arquitectura contemporánea notable" señala los edificios y producciones de menos de 100 años no protegidos en virtud de los Monumentos históricos.
La solicitud de certificación es tramitada por la DRAC. El Sello se concede por decisión motivada del prefecto de región, previo dictamen de la Comisión regional de patrimonio y arquitectura.
Los criterios y el procedimiento de etiquetado se especificarán en el Decreto No. 2017-433 de 28 de marzo de 2017 relativo al sello «Arquitectura contemporánea notable» tomado en aplicación del artículo L. 650-1 del código del patrimonio.
El sello desaparece automáticamente si el inmueble está clasificado o inscrito como monumento histórico, o cien años después de su construcción. Salvo en los casos de retirada de pleno derecho en las condiciones reguladas por el primer párrafo del I del artículo L. 650-1, el prefecto de región declarará la retirada del sello, previo dictamen de la Comisión regional de patrimonio y arquitectura, cuando el bien esté tan deteriorado que pierda el interés que justifique la concesión del sello.
Modalidades de concesión del Sello y procedimiento en caso de trabajos
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Para saber más
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