El pedido público
El arte contemporáneo en el espacio público: Las obras de arte contemporáneo ocupan lugares muy diversos: el espacio urbano o rural, los monumentos históricos, los jardines, su liceo, su universidad...
2 sitios documentados le permiten descubrir en línea las obras de 2 dispositivos de apoyo a la creación contemporánea.
La Dirección Regional de Asuntos Culturales, en estrecha relación con las colectividades locales y con muchos otros asociados, aplica una política de contratación pública rica, tanto por el número de realizaciones como por la calidad de los proyectos.
El pedido público
El encargo público iniciado en 1983 que manifiesta la voluntad del Estado, asociado a múltiples socios (colectividades territoriales, establecimientos públicos o socios privados), de contribuir al enriquecimiento del entorno de vida y del desarrollo del patrimonio nacional, por la presencia de obras de arte fuera de las únicas instituciones especializadas en el campo del arte contemporáneo. También pretende poner a disposición de los artistas una herramienta que les permita realizar proyectos cuya magnitud, retos o dimensión requieran medios inusuales.
Ya sea por los DRAC o el Centro Nacional de las Artes Plásticas (CNAP), este apoyo a la creación del Ministerio de Cultura y Comunicación , responde a los retos de la ampliación de los públicos del arte contemporáneo y del aliento de los artistas a crear obras inéditas y excepcionales.
El 1% artístico
El 1% artístico en las construcciones públicas, expresión de la voluntad pública de apoyar la creación y de sensibilizar a nuestros conciudadanos sobre el arte de nuestro tiempo, «la obligación de decorar las construcciones públicas», comúnmente denominada «1% artística» es un procedimiento específico de encargo de obras a artistas que se impone al Estado, a sus establecimientos públicos y a las colectividades territoriales. Desde 1951, este dispositivo ha dado lugar a más de 12.300 proyectos que se despliegan en todo el territorio y en los que participan más de 4.000 artistas. Por la tipología de los equipamientos afectados (edificios escolares, comisarías, palacios de justicia...), el «1% artístico» llega a un público muy amplio y que no es necesariamente familiar con los lugares de exposición.
El procedimiento está previsto en el artículo 71 del Código de Contratación Pública, enmarcado en el Decreto nº 2002-677, de 29 de abril de 2002, consolidado el 2 de diciembre de 2012 y acompañado de una circular del Ministro de Cultura y Comunicación.
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