Departamento de laOise: antigua iglesia anglicana de San Andrés de Compiègne, situada en la avenida Thiers
La Iglesia de San Andrés se construyó en 1868 en el prestigioso barrio de las Avenidas, por iniciativa de Maria Jane Bowes-Lyon, una rica escocesa que se aloja ocasionalmente en Compiègne. Desea ofrecer un lugar de culto a la comunidad inglesa establecida en Compiègne, atraída por las «Series» de Napoleón III y Eugénie y por las carreras hípicas. Sobre los planos del arquitecto escocés Robert Thornton Shiells se construye un edificio singular en el corpus de las iglesias neogóticas del norte de Francia por su sesgo arquitectónico inglés, característico del Gothic revival. Sin embargo, se realza con una decoración neogótica realizada por George y Guérin, artistas franceses que trabajan en la obra de restauración del castillo de Pierrefonds, que se apropian de motivos británicos en una factura muy naturalista, a veces más estilizada, mezclando las inspiraciones medievales arqueológicas, pintorescas y más creativas. La profunda homogéneneneidad entre estructura, decoración y mobiliario, en un ideal de arte total, fundan la calidad de esta arquitectura. La iglesia es también un lugar de memoria de la amistad franco-británica nacida bajo los augurios de una corte imperial muy anglófila en la segunda mitad del XIXe siglo. Recoge las oraciones de los soldados y oficiales ingleses durante la Primera Guerra Mundial y se convierte, en los años de Reconstrucción, en un memorial de la alianza de los dos países.
Inscripción en virtud de los monumentos históricos de la antigua iglesia anglicana en su totalidad, así como del muro y la reja que cierran la parcela por decreto de 17 de septiembre de 2021.
El procedimiento de protección
La solicitud de protección en el marco de los Monumentos Históricos de un monumento es formulada por cualquier persona interesada (propietario, asociación, ...). La protección de los inmuebles, motivada por un interés de arte y/o de historia, se produce previa opinión consultiva de la CRPA y surte efecto tras la firma de las órdenes por el prefecto de región. Los edificios inscritos como monumentos históricos serán objeto de disposiciones particulares para su conservación, a fin de que todas las intervenciones de mantenimiento, de reparación, restauración o modificación puedan efectuarse manteniendo el interés que justificó su protección. Los monumentos protegidos se benefician de un seguimiento por la Conservación Regional de Monumentos Históricos (DRAC)