Los sitios inscritos y clasificados
La política de los sitios tiene como objetivo preservar los espacios de calidad y notables a nivel paisajístico. Todos los trabajos que puedan modificar el estado o el aspecto de un lugar están sujetos al control del Ministro encargado de los lugares o del prefecto del departamento.
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La región Centro-Valle del Loira cuenta con 296 sitios protegidos en virtud del Código del Medio Ambiente, de los cuales 104 sitios clasificados y 192 sitios inscritos. La superficie total protegida es de aproximadamente 39.819 hectáreas, es decir, el 0,76% del territorio regional.
Para más detalles sobre los sitios se puede consultar el sitio web de la Dirección Regional de Medio Ambiente, Planificación y Vivienda (DREAL).
Sitio inscrito
Un sitio inscrito es un espacio natural o construido de carácter artístico, histórico, científico, legendario o pintoresco que debe conservarse.
El procedimiento puede ser iniciado por los servicios del Estado (DREAL, STAP), colectividades, asociaciones, particulares... La inscripción se hará por orden del Ministro encargado de los sitios. En el lugar inscrito, la administración debe ser informada al menos con 4 meses de antelación de los proyectos de obras. El Arquitecto de los Edificios de Francia emite un dictamen simple, excepto para los permisos de demolición que suponen un dictamen conforme.
Sitio clasificado
Un lugar clasificado es un lugar de carácter artístico, histórico, científico, legendario o pintoresco, cuya calidad exige, en nombre del interés general, la conservación en el estado y la preservación de todo atentado grave. La clasificación se refiere a espacios naturales o edificados, cualquiera que sea su extensión. Este procedimiento es muy utilizado en el marco de la protección de un "paisaje", considerado excepcional o excepcional.
El procedimiento puede ser por iniciativa de servicios del Estado, de colectividades, de asociaciones, de particulares ..., El expediente es instruido por la Dirección Regional de Ecología de la Ordenación y la Vivienda. La clasificación se hace por decreto del Ministro encargado de los sitios o por decreto del Consejo de Estado (según el número y la opinión de los propietarios interesados).
En un lugar clasificado, todas las obras que puedan alterar el estado o el aspecto de los lugares (por ejemplo, las obras correspondientes al permiso de construcción) están sujetas a autorización previa especial del Ministerio de Obras, previa consulta de la DREAL, la DRAC (Servicio Territorial de Arquitectura y Patrimonio del departamento correspondiente) y de la Comisión Departamental de Naturaleza, Paisajes y Sitios (CDNPS). La autorización se descentraliza al nivel del Prefecto de departamento para los trabajos menos importantes.
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