Ficha 2.2. Categoría 2: productores de espectáculos o empresarios de giras, que tienen la responsabilidad de un espectáculo, soportan el coste, y son empleadores del plató artístico.
Definición: Soy empresario de espectáculos de categoría 2 cuando soy responsable del espectáculo y empleador del plató artístico (el plató artístico se entiende como los artistas del espectáculo y, en su caso, los técnicos adscritos a este espectáculo - véase el artículo D. 7122-1 del Código del Trabajo).
Si lo único que hago es financiar o cofinanciar un espectáculo (simple aportación de financiación)no soy productor de espectáculos en el sentido de la normativa laboral. No debo declarar esta actividad como tal.
Si soy una empresa de carga salarial, no puedo ser empresario de espectáculos en vivo. Artículo L. 1254-24 del Código del Trabajo dispone «La empresa de transporte de trabajadores ejerce a título exclusivo la actividad de transporte de trabajadores. ». Por consiguiente, no podrá ejercer otra actividad.
Si soy un artista y he constituido mi empresa ((tengo un número de SIREN) para que me produzca pero no empleo a otros artistas : No estoy sujeto a la obligación de licencia si no empleo a artistas del espectáculo. : Atención : se presume que un artista del espectáculo es asalariado, debe ser capaz de demostrar que usted es realmente independiente. Si se demuestra que el artista no es independiente (según un conjunto de indicios que permiten verificar el vínculo de subordinación), en caso de control, el eventual contrato de prestación con un tercero puede ser recalificado como contrato de trabajo: lo que confiere al artista la calidad de asalariado.
ATENCIÓN:
- soy una empresa que ha hecho una declaración de empresario de espectáculos, no tengo derecho a "reparar" otra compañía que no tiene los requisitos para tener una declaración válida mediante la firma de contratos de trabajo en su lugar para sus artistas, mientras que yo no soy responsable del espectáculo.
- Soy un particular: no tengo derecho a "hacerle un favor" a un amigo artista firmando un contrato de trabajo de artista para un one man show que ha decidido organizar en un café.
- Soy un prestador de servicios administrativos, no tengo derecho a proponer a una persona jurídica o física que firme los contratos de trabajo en su lugar.
En todos estos casos, aunque haya firmado (indebidamente) el contrato de trabajo, no soy por ello empresario de espectáculos en vivo, no tengo derecho a la validación de mi declaración, que por lo tanto no vale licencia.
Saber más :
El productor del espectáculo o el empresario de gira es el empresario que tiene la responsabilidad del espectáculo. A este respecto, elige una obra, solicita las autorizaciones de representación de esta obra, diseña y monta los espectáculos, coordina los medios humanos, financieros, técnicos y artísticos necesarios y asume el riesgo financiero de su comercialización.
El empresario de giras retoma un espectáculo ya creado, paga a los artistas y hace girar este espectáculo en diferentes lugares. Los empresarios de gira cuya actividad se limitaría a una actividad de difusión de espectáculos pertenecen a la tercera categoría (ficha 2.3).
Se entenderá por "gira" los desplazamientos efectuados por artistas, personal técnico y administrativo con fines de representación pública por cualquier empresario, que produzca o difunda uno o varios espectáculos, en Francia, en los departamentos de ultramarmar y en el extranjero, independientemente de la duración de la estancia y del lugar de representación, siempre que se refieran a un artista como mínimo.
Los espectáculos se considerarán de gira cuando los desplazamientos se efectúen con el fin de representaciones públicas aisladas y/o sucesivas dadas en lugares de espectáculo diferentes por un empresario de espectáculos, creando, produciendo o difundiendo el espectáculo y obligando a los asalariados a permanecer fuera de su domicilio.
Además de la responsabilidad del espectáculo, el productor y el empresario de las giras, salvo que sean simplemente difusores, tienen la responsabilidad de los empleadores con respecto al plató artístico. Esta noción de plató artístico designa a los artistas intérpretes y, en su caso, al personal técnico directamente vinculado a la producción.
Partager la page