Detectores de metales
"Nadie podrá utilizar material que permita la detección de objetos metálicos, con el fin de buscar monumentos y objetos que puedan interesar a la prehistoria, la historia, el arte o la arqueología, sin haber, previamente, obtenido una autorización administrativa expedida en función de la cualificación del solicitante y de la naturaleza y modalidades de la búsqueda." Art. L. 542-1 del Código del Patrimonio
La reglamentación sobre los detectores de metales tiene por objeto proteger los yacimientos arqueológicos, ya que éstos no proporcionan información histórica completa a menos que no hayan sido alterados.
Tan pronto como se realizan investigaciones con un detector de metales, la señal emitida en presencia de un objeto metálico incita a cavar el suelo para despejarlo, aislándolo de su contexto arqueológico.
Se pierde así toda posibilidad de fecharlo gracias a la estratigrafía y de sacar conclusiones a partir de la disposición de los objetos en las capas arqueológicas.
El acto de excavación equivale a un registro no autorizado y, por tanto, puede ser objeto de enjuiciamiento en virtud del Código del Patrimonio y del Código Penal.
La utilización de detectores de metales está, pues, sujeta a una autorización de las prefecturas.
También requiere el consentimiento por escrito del propietario del terreno, que debe indicar sus intenciones con respecto a los objetos que pueden ser descubiertos, ya que es el propietario de pleno derecho.
La solicitud se formulará ante la Dirección de Asuntos Culturales.
Si desea utilizar un detector de metales
Debe dirigir a la DAC una carta en la que exponga los objetivos y las modalidades de la investigación que está considerando, precisando la zona geográfica que desea prospectar y su cualificación para emprender dicha prospección, acompañado de la autorización del propietario del terreno.
La DAC garantiza la tramitación de su solicitud.
Si se le concede la autorización, ésta adopta la forma de una orden prefectoral.
Al final de la operación, debe redactar un informe en el que exponga el trabajo realizado y los resultados obtenidos, según las prescripciones que figuran en la orden de autorización de la prefectura.
Propiedad de los muebles descubiertos
Los objetos descubiertos con detectores de metales pertenecen en su totalidad al propietario del terreno en el que se descubrió.
Contacto
M. el conservador regional de la arqueología
Dirección de Asuntos Culturales de Martinica
Servicio Regional de Arqueología
34 rue du Profesor Raymond-Garcin
97200 Fuerte de Francia
0596 73 12 46
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