Ficha 4.2. ¿Qué debo declarar, según mi actividad y condición jurídica?
1. La actividad principal es el espectáculo: la actividad debe declararse obligatoriamente, en línea, al menos un mes antes del inicio de la actividad - véase el procedimiento en ficha 5.
A. El empresario de espectáculos es una persona jurídica, es decir, un organismo, cualquiera que sea su estatuto (asociación, organismo público o mixto, sociedad...).
Debe declarar que:
- la naturaleza de la actividad de la persona jurídica (producción, difusión, giras, explotación de locales de espectáculos) y la naturaleza de las representaciones, así como un calendario previsto de programación y una descripción del proyecto de espectáculo que viva la empresa;
- los elementos que permitan identificar a la persona jurídica y a su representante legal;
- los elementos que justifiquen la presencia en la persona jurídica de una o varias personas que respondan a imperativos de títulos (enseñanza superior, ámbito indiferente) o de experiencia profesional (al menos seis meses de experiencia en el espectáculo vivo) o de una formación o de competencias específicas que figuren en el repertorio de la comisión paritaria empleo-formación del espectáculo vivo https://www.cpnefsv.org.
- el convenio colectivo aplicable;
- un compromiso por el honor de respetar las obligaciones en materia de derecho del trabajo, derecho social, derecho de la propiedad intelectual, seguridad de los lugares de espectáculos;
- una declaración jurada que certifique la ausencia de condena o sanción que prohíba el ejercicio de una actividad comercial por parte de los representantes legales;
y
- 1. si el organismo tiene ya organizó espectáculos en el pasadolas declaraciones juradas según las cuales las cuentas están actualizadas o que se cumplirán los protocolos de escalonamiento de las deudas pendientes relativas a las cotizaciones y contribuciones sociales y en materia de derechos de autor (adjuntar copia del protocolo o protocolos) ; un calendario de las representaciones de los tres últimos años;
- a. si la declaración se refiere a la explotación de un lugar de espectáculoselementos sobre la conformidad del lugar y la justificación de una formación sobre la seguridad de los lugares de espectáculos que figuran en el repertorio accesible en la página https://www.cpnefsv.org/formations-agreees/formation-securite-licence-dentrepreneurs-exploitants-lieux.
B. Tengo una empresa a mi propio nombre (persona física), debo declarar:
- la naturaleza de mi actividad (producción, difusión, giras, explotación de lugares de espectáculo) y la naturaleza de las representaciones, así como un calendario provisional de programación y una nota de intención artística (proyecto de la empresa en materia de espectáculos vivos) ;
- los elementos necesarios para identificarme a mí mismo y a mi empresa;
- los elementos que justifiquen mis diplomas (enseñanza superior, ámbito indiferente) o mi experiencia profesional (al menos seis meses de experiencia en el espectáculo vivo) o de una formación o de competencias específicas que figuren en el repertorio de la comisión paritaria empleo-formación del espectáculo vivo https://www.cpnefsv.org;
- el convenio colectivo aplicable;
- un compromiso por el honor de respetar mis obligaciones en materia de derecho del trabajo, derecho social, derecho de la propiedad intelectual, seguridad de los lugares de espectáculos;
- un certificado de honor que certifique la ausencia de condena o sanción que prohíba el ejercicio de una actividad comercial;
y
- si tengo ya organizó espectáculos en el pasadodeclaraciones juradas según las cuales las cuentas están actualizadas o que se cumplirán los protocolos de escalonamiento de las deudas pendientes relativas a las cotizaciones y contribuciones sociales y en materia de derechos de autor (adjunto copia del protocolo o protocolos) ; un calendario de las representaciones de los tres últimos años;
- si declaro la explotación de un lugar de espectáculoselementos sobre la conformidad del lugar y la justificación de una formación sobre la seguridad de los lugares de espectáculos que figuran en el repertorio accesible en la página https://www.cpnefsv.org/formations-agreees/formation-securite-licence-dentrepreneurs-exploitants-lieux.
C. Soy un particular empleador:
La declaración incluirá lo siguiente:
- la naturaleza de mi actividad (producción, difusión, giras, explotación de lugares de espectáculo) y la naturaleza de las representaciones, así como un calendario provisional de programación y una nota de intención artística (proyecto en materia de espectáculos vivos);
- los elementos que permiten identificarme;
- los elementos que justifiquen mis diplomas (enseñanza superior, ámbito indiferente) o mi experiencia profesional (al menos seis meses de experiencia en el espectáculo vivo) o de una formación o de competencias específicas que figuren en el repertorio de la comisión paritaria empleo-formación del espectáculo vivo https://www.cpnefsv.org;
- el convenio colectivo aplicable;
- un compromiso por el honor de respetar mis obligaciones en materia de derecho del trabajo, derecho social, derecho de la propiedad intelectual, seguridad de los lugares de espectáculos;
- un certificado de honor que certifique la ausencia de condena o sanción que prohíba el ejercicio de una actividad comercial;
y
- si he organizado espectáculos en el pasado, los certificados de honor según los cuales las cuentas están actualizadas, o que se cumplirán los protocolos de escalonamiento de las deudas pendientes relativas a las cotizaciones y contribuciones sociales y en materia de derechos de autor (adjunto copia del protocolo o protocolos); un calendario de las representaciones de los tres últimos años;
- si declaro la explotación de un lugar de espectáculoselementos sobre la conformidad del lugar y la justificación de una formación sobre la seguridad de los lugares de espectáculos que figuran en el repertorio accesible en la página https://www.cpnefsv.org/formations-agreees/formation-securite-licence-dentrepreneurs-exploitants-lieux
2. La actividad principal es el espectáculo, pero como aficionado: las obligaciones dependen del número de representaciones previstas
Si organizo más de seis actuaciones al año con la presencia física de uno o más artistas remunerados (por ejemplo, el director de coro o la orquesta que acompaña a los pocos conciertos anuales de un coro amateur; el pianista que acompaña al espectáculo de fin de año de una asociación de danza), una declaración debe hacerse, como un empresario de espectáculos profesional.
Debido a la falta de remuneración de los artistas, los espectáculos de aficionados (regulados por la Ley de libertad de creación artística y del patrimonio) quedan, por principio, excluidos del ámbito de aplicación de la reglamentación de la profesión de empresario de espectáculos. Este ya no es el caso cuando estos espectáculos son dirigidos por profesionales remunerados como, por ejemplo, directores de coros, directores musicales, directores de escena. Sin embargo, los artículos L. 7122-19 y R. 7122-13 del Código del Trabajo prevén que esta actividad puede ejercerse sin licencia dentro del límite de seis representaciones como máximo por año civil.
La noción de representación se entiende en el sentido estricto de una representación en un lugar, en un momento, y para un espectáculo dado. Se excluye así que una serie de espectáculos dada en el mismo día pueda asimilarse a una sola representación.
A diferencia de los empresarios de espectáculos en vivo a título principal, debo declarar a los artistas y a los obreros y técnicos del espectáculo a través de la ventanilla única del espectáculo vivo (GUSO), www.guso.es.
El Guso transmite al prefecto de región las informaciones útiles para la verificación del respeto del límite máximo anual (artículo R. 7122-25).
3. Mi actividad principal no es el espectáculo (actividad de empresario de espectáculos a título accesorio): mis obligaciones dependen del número de representaciones previstas
> Menos de siete representaciones al añono hay formalidad que cumplir en el ministerio de cultura.
No obstante, los artistas y técnicos empleados para los espectáculos deben hacerlo a través de la ventanilla única del espectáculo vivo (GUSO), www.guso.es.
> Desde siete funciones al añola actividad debe declararse, al igual que la actividad de empresario de espectáculos vivos con carácter principal.
A diferencia de las empresas de espectáculos en vivo a título principal, los artistas y los trabajadores y técnicos del espectáculo deben ser declarados a través de la ventanilla única del espectáculo vivo (GUSO), www.guso.es.
El Guso transmite al prefecto de región las informaciones útiles para la verificación del respeto del límite máximo anual (artículo R. 7122-25).
La noción de representación se entiende en el sentido estricto de una representación en un lugar, en un momento, y para un espectáculo dado. Se excluye así que una serie de espectáculos dada en el mismo día
pueda asimilarse a una sola representación.
La actividad principal del empresario debe apreciarse a partir de la razón social o del objeto inscrito en los estatutos de las empresas o asociaciones consideradas y, en su caso, a partir de su actividad real.
Los comités de fiestas, sindicatos de iniciativa o municipios que no organicen más de seis espectáculos con ocasión de festividades anuales no estarán sujetos a la obligación de declaración. Se considerará que las salas polivalentes o las salas de fiestas gestionadas por los municipios no tienen como actividad principal la representación de espectáculos vivos. Están autorizadas a organizar sin licencia espectáculos dentro de los límites de seis espectáculos al año. Sin embargo, los responsables de las salas polivalentes que acogen regularmente (más de seis espectáculos al año) espectáculos (aunque hayan sido producidos o difundidos por «empresarios de espectáculos con carácter accesorio») deberán ser titulares de un recibo válido que valga licencia de 1a categoría.
Los directivos de ferias profesionales entran en esta categoría de empresarios de espectáculos con carácter accesorio si no producen o emiten más de seis representaciones al año. Por encima de este número, el operador del lugar de las representaciones, el productor o el empresario de giras y el difusor de las representaciones deberán ser titulares de recibos válidos que valgan licencia correspondiente a dichas actividades.
Saber más
- ¿Cómo se contabilizan las actuaciones?
Una representación se define por su unidad y su público.
Ejemplos: un espectáculo con una primera parte solo cuenta para una representación.
En cambio, en un festival en el que varios grupos se suceden en el escenario, se considera que cada grupo hace una representación (el público cambia en gran parte entre dos representaciones, cada uno yendo a ver el grupo que le interesa).
Así, un festival organizado por un ayuntamiento de dos días con más de seis grupos deberá ser objeto de una declaración, así como una actividad de concierto en un café cada dos meses, o la actividad de una sala polivalente en administración municipal que organiza más de seis espectáculos al año.
- ¿Cómo sé cuál es mi negocio principal?
La actividad principal viene determinada principalmente por el volumen de negocios y el objeto de la persona física o jurídica. El código NAF-APE (nomenclatura de actividad francesa, actividad principal ejercida) asignado por el INSEE en el momento de la creación de una empresa o de una asociación indica normalmente cuál es la actividad principal.
A veces es incorrecto o insuficientemente detallado - en efecto la atribución se basa en las primeras palabras del objeto del organismo: si estas palabras son por ejemplo "la asociación tiene por objeto...", el código Naf será el, genérico, de las asociaciones.
Por ello, la administración pide, además del código NAF, el objeto de la actividad y de los estatutos de la persona física o jurídica. Puede tener que verificar la realidad de la actividad.
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