Principios generales de prevención
1. El marco general y los nueve principios generales de prevención 1.1. El marco general de la prevención de riesgos 1.2. Los nueve principios generales de la prevención 1.3. Ejemplos de acciones de prevención 2. Los tres valores de la prevención: respeto de la persona, transparencia, diálogo social
Introducción:
La ley impone a todo empleador la obligación de adoptar medidas de prevención de los riesgos laborales.
Cuidado Esta obligación se impone, pues, a las empresas de espectáculos - incluso bajo estatuto asociativo - cuando emplean personal, ya sea administrativo, artístico o técnico.
La ley precisa que estas medidas deben basarse en nueve principios de prevención, a la vez simples y generales, sobre la aprehensión de los riesgos y las normas de protección de los trabajadores. Estos principios, definidos a continuación, permiten organizar el trabajo, aplicar medidas de prevención e información y proporcionar medios adecuados para la protección de los trabajadores.
1. El marco general y los nueve principios generales de prevención
(artículos L4121-1 y siguientes del Código del Trabajo)
1.1. El marco general de la prevención de riesgos: el empresario debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la salud de los trabajadores (artículo L. 4121-1 del Código del Trabajo)
La Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, establece nueve principios generales de prevención «relativos a la aplicación de medidas destinadas a promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo».
Así, el Código del Trabajo precisa la naturaleza de la obligación jurídica de prevención para todos los empleadores (artículo L4121-1):
"El empleador adoptará las medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la salud física y mental de los trabajadores.
Estas medidas incluyen:
1 tien. Acciones de prevención de los riesgos profesionales y de la dificultad en el trabajo;
2 a. Acciones de información y formación;
3 tien. La creación de una organización y de medios adecuados.
El empresario velará por la adaptación de estas medidas para tener en cuenta el cambio de circunstancias y tender a mejorar las situaciones existentes."
1.2. Los nueve principios generales de la prevención de riesgos (artículo L. 4121-2 del Código del Trabajo)
El artículo L. 4121-2 del Código del Trabajo dispone que el empleador aplicará las medidas de prevención, información y formación, organización del trabajo y de los medios, basándose en los principios generales de prevención siguientes:
"1 pulgada. Evitar riesgos;
2 a. Evaluar los riesgos que no pueden evitarse;
3 a. Combatir los riesgos en la fuente;
4 â. Adaptar el trabajo a las personas, en particular en lo que se refiere al diseño de los puestos de trabajo y a la elección de los equipos de trabajo y de los métodos de trabajo y producción, con el fin, en particular, de limitar el trabajo monótono y el trabajo cadencioso y de reducir sus efectos sobre la salud;
5µ Tener en cuenta el estado de evolución de la técnica;
6 tien. Sustituir lo peligroso por lo no peligroso o menos peligroso;
Planificar la prevención integrando en un conjunto coherente la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales. Y incluidos los riesgos relacionados con el acoso moral y sexual, así como los relacionados con el género;
8 a. Adoptar medidas de protección colectiva dando prioridad a las medidas de protección individual;
9 a. Dar instrucciones adecuadas a los trabajadores."
Así pues, los principios de prevención imponen al empleador la obligación de obtener resultados en lo que respecta a la protección del empleado. Cabe señalar que, una vez que el empleador ha adoptado las medidas adecuadas en una etapa anterior y ha hecho todo lo posible para poner fin a las situaciones de riesgo de conformidad con la ley, puede ser objeto de una decisión judicial favorable1. |
La aplicación de estos principios, y en particular la prevención de riesgos, pasa por la elaboración del documento único de evaluación de riesgos (DUER, véase la ficha).
Para aplicar estos principios, y más en general el conjunto de principios generales de prevención, es necesario cumplir la obligación legal de presentar un documento único de evaluación de riesgos (véase la ficha). Esta obligación, más allá de una orden judicial, es un importante instrumento de toma de decisiones.
[> § en ficha DUER Si el empleador no tiene a disposición del CHSCT o de los delegados del personal el documento único de evaluación de riesgos, será culpable de un delito de obstrucción castigado con un año de prisión y una multa de 3.750 euros o una de estas dos penas solamente, Artículos L. 4742-1 o L. 2316-1 del Código del Trabajo). En caso de reincidencia, la pena de prisión podrá aumentarse a dos años y la multa a 7.500 euros (artículo 132-10 del Código Penal)]
1.3. Ejemplos de acciones de prevención:
Principios 1, 2, 7 y 9: evitar riesgos; evaluar riesgos que no pueden evitarse; planificar la prevención, dar instrucciones adecuadas:
El ejemplo del ruido
Evitar los riesgos.
Las operaciones de engrapado de tejidos en los paneles o de estos mismos paneles en estructuras metálicas exponen a los trabajadores a riesgos de lesión auditiva debido al elevado nivel sonoro de este proceso. Evitar el riesgo podría consistir en la búsqueda de tecnologías alternativas, como el uso de adhesivos de doble cara adaptados.
Evaluar los riesgos que no pueden evitarse.
No se puede evitar el riesgo de alteración de la audición de los músicos vinculado a la producción sonora de la orquesta. Por lo tanto, es necesario evaluar este riesgo, es decir, identificar el(los) peligro(s) en la actividad y determinar luego «la importancia» del riesgo aumentando la gravedad y la probabilidad de ocurrencia del daño (relacionada con la frecuencia de exposición, la probabilidad de que se produzca un acontecimiento peligroso, etc.).
Este riesgo no es necesariamente el mismo para los músicos que se encuentran justo delante de los instrumentos que para los primeros violines o para tal o cual partitura.
Combatir los riesgos en su origen.
Aquí se trata de actuar «lo más cerca posible» del lugar donde se crea el riesgo. Por lo que se refiere al ruido, se actuará sobre lo que hace ruido. Así, durante el montaje de las estructuras metálicas, el ruido de los martillos empleados en los encajados podrá reducirse mediante la utilización de mazos de goma o de piel de búfalo.
Durante el aserrado de la madera sobre una sierra de panel se privilegiarán las hojas especialmente diseñadas para ser menos ruidosas.
En pocas palabras, podemos decidir reducir el nivel de ruido en una tienda, una sala de conciertos, tocando los potenciómetros.
Adaptar el trabajo al hombre...
El oído humano sufre daños irreversibles por encima de ciertos niveles sonoros y en función de la duración de la exposición. Asimismo, el ruido es perjudicial para la comunicación, la concentración, etc. Así, tanto en el ámbito del trabajo como en el de la salud pública, y según este principio, la producción sonora no debe sobrepasar determinados umbrales. También puede preverse la organización del trabajo para responder a este principio. Por ejemplo, la instalación de cámaras de control en espacios específicos y aislados del teatro puede ayudar a mantener los niveles de sonido en las zonas de confort.
Tener en cuenta el estado de evolución de la técnica.
Para desplazarse, para informarse, para calentarse, etc. no se procede como se hacía en el siglo XIX. Transferir esto en el ámbito del trabajo implica una vigilancia tecnológica, la investigación y el desarrollo de soluciones que lleven al progreso del trabajador.
Los artificieros procedían (y a veces siguen procediendo) de habitación en habitación para encenderlos. Hoy en día, las mesas de encendido permiten una ignición a distancia que limita la exposición de los artificieros a múltiples riesgos, entre ellos el de sordera.
Asimismo, los avances en materia de retorno del sonido integrados en los auriculares constituyen una evolución que permite limitar la exposición tanto de los músicos como de los técnicos.
Sustituir que es peligroso por lo que no es peligroso o por lo que es menos peligroso.
Las hojas de sierra menos ruidosas, los retornos de sonido integrados en los auriculares, la elección de herramientas menos ruidosas responden por ejemplo a este principio.
Planificación de la prevención...
Encontrar nueva tecnología, modificar la acústica de un local o simplemente cambiar las prácticas requiere, entre otras cosas, tiempo, financiación, formación y períodos de apropiación. Por lo tanto, es necesario presupuestar, planificar la aplicación de estas medidas y prever las que se tomarán mientras tanto.
Adoptar medidas de protección colectiva dando prioridad a las medidas de protección individual.
En un taller de construcción de decorados, por ejemplo, como complemento de las medidas adoptadas en cumplimiento de los principios anteriores (elección de herramientas, máquinas, etc.) se procederá al tratamiento acústico de los locales, al aislamiento de determinadas máquinas para reducir el nivel sonoro. Si esto no fuera suficiente y/o a la espera de la realización, se deberán llevar protectores auditivos adaptados.
Dar las instrucciones adecuadas a los trabajadores.
Los asalariados deben disponer de las formaciones, informaciones que les permitan realizar su actividad especialmente en lo que se refiere a los riesgos a los que están expuestos y de los medios/organizaciones utilizados para protegerles de ellos. Estas instrucciones se refieren a todas las disposiciones y no solo al uso de los Equipos de Protección Individual.
Sobre el riesgo sonoro: múltiples recomendaciones e información están disponibles en el sitio "agi-son, actuar para una buena gestión sonora", http://agi-son.org/ |
2. Los tres valores de la prevención
El enfoque de la prevención de riesgos en el lugar de trabajo se basa en tres valores fundamentales: el respeto de las personas, la transparencia en su aplicación y el diálogo social.
- El respeto de la persona : la aplicación de una verdadera política de prevención requiere la implicación del empresario. Tanto el personal directivo como los empleados y sus representantes deben participar. Para ello, la política de prevención debe apoyarse en métodos de gestión respetuosos con la persona y que permitan acompañar el cambio para instaurar una confianza recíproca.
- La transparencia : para controlar los riesgos, la política de prevención debe elaborarse de manera transparente. Para ello es necesario, en particular:
- Un compromiso y una ejemplaridad del empleador o de su representante, respaldado por el personal directivo, tanto en su implicación como en la aplicación del enfoque de prevención;
- Mostrar los objetivos de mejora de la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo;
- Tener en cuenta la realidad de las situaciones de trabajo más allá de los procedimientos escritos; [hiperenlace ficha DUER]
- Difundir una comunicación clara sobre la salud y la seguridad en el trabajo.
- El diálogo social Una política de prevención de riesgos requiere la adhesión de los trabajadores y de sus representantes.
También se dispone de información sobre la prevención, en particular sobre: http://www.inrs.fr/demarche/principes-generaux/introduction.html |
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1« Vistos los artículos L. 1152-1, L. 4121-1 y L. 4121-2 del Código del Trabajo; Considerando que no se infringe la obligación legal de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la salud física y mental de los trabajadores, especialmente en materia de acoso moral, el empleador que justifique haber adoptado todas las medidas de prevención previstas en los artículos L. 4121-1 y L. 4121-2 del Código del Trabajo y que, informado de la existencia de hechos que puedan constituir un acoso moral, ha adoptado medidas inmediatas para poner fin a (…) » (Cass. Soc. 1er junio de 2016, n³ 14-19702).
« no incumpla la obligación legal de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la salud física y mental de los trabajadores, el empleador que justifique haber adoptado las medidas previstas en los artículos L. 4121-1 y L. 4121-2 del Código del Trabajo» (Cass. Soc. 22 de septiembre de 2016, n. 15-14005).