Funcionamiento
¿Quiénes son los miembros del CSPLA? ¿Cuántos? ¿De dónde proceden? Cómo y sobre qué temas trabaja el CSPLA? ¿Cuándo se reúne el CSPLA?
El Consejo Superior cuenta en total con 99 miembros (véase el esquema que figura a continuación):
- un presidente y un vicepresidente, respectivamente, consejero de Estado y consejero del Tribunal de Casación;
- 8 representantes de las diferentes administraciones interesadas;
- 10 personalidades cualificadas en el ámbito de la propiedad intelectual (abogados, profesores universitarios o ingenieros de telecomunicaciones);
- 2 representantes de los establecimientos públicos dependientes del Ministro de Cultura encargados de conservar y valorizar el patrimonio cultural;
- 39 representantes de los profesionales y sus 39 suplentes.
Los profesionales están repartidos en 7 colegios: autores, artistas-intérpretes, editores, productores y difusores de los diferentes sectores de la creación cultural (música, audiovisual, videojuegos, software, libro, prensa, artes gráficas y plásticas), proveedores de acceso, consumidores y usuarios.
Una vez designados por sus organizaciones respectivas, los representantes de los establecimientos públicos y de los profesionales son nombrados por decreto del Ministro por un período de tres años. Lo mismo se aplica a las personalidades cualificadas.
El Consejo Superior debe reunirse reglamentariamente al menos dos veces al año por convocatoria de su presidente y se reúne de pleno derecho a petición del ministro encargado de la cultura o de dos tercios de sus miembros.
Para sus trabajos, el Consejo Superior cuenta con comisiones especializadas designadas en su seno, encargadas de tratar los temas que se le han confiado por el Ministro o que él mismo se ha ocupado. Estas comisiones incluirán, en su caso, expertos externos al Consejo Superior.
Los trabajos de las comisiones especializadas concluyen con un informe y un proyecto de opinión. Estos se someten a la deliberación del Consejo Superior reunido en sesión plenaria. Los dictámenes y recomendaciones del Consejo Superior se adoptan por consenso o por votación y se dirigen al Ministro de Cultura y Comunicación. Numerosos informes elaborados por el CSPLA han conducido, directa o indirectamente, a adaptaciones de nuestro derecho positivo, o al menos han alimentado la acción del Ministerio de Cultura y Comunicación.
Además de la creación de comisiones especializadas, el CSPLA puede también confiar misiones sobre un tema determinado a expertos, miembros del Consejo o no, para que elaboren un documento de síntesis, tras haber oído a los diferentes profesionales de los sectores afectados.