La Oficina de Propiedad Intelectual (BDPI), que forma parte de la Secretaría General del Ministerio, es el lugar transversal para todas las cuestiones relacionadas con la propiedad literaria y artística y las marcas. Participa en la elaboración de la política francesa en materia de derechos de autor y derechos afines, junto con el Gabinete del Ministro, y la aplica a diario.
En primer lugar, la oficina elabora todos los textos en la materia, legislativos y reglamentarios, en colaboración con las direcciones del ministerio o los demás ministerios interesados.
En segundo lugar, trabaja en relación con los referentes jurídicos de las demás direcciones del ministerio. Como tal, desempeña una función de asesoramiento técnico con ellos en la redacción o la negociación de contratos. También tiene con frecuencia la oportunidad de asesorar al público en general sobre cualquier cuestión relativa a los derechos de autor y derechos afines.
La oficina garantizará el control anual de las reformas estatutarias de las entidades de gestión colectiva y un seguimiento de la evolución de sus actividades, a través de la recepción anual de sus cuentas de gestión. También se encarga de expedir autorizaciones a los agentes jurados de las entidades de gestión colectiva.
La secretaría de las distintas comisiones administrativas es también una tarea importante de la BDPI. Tres de ellas están previstas en el Código de la Propiedad Intelectual (CPI) para la aplicación de excepciones específicas a los derechos de autor y derechos afines o licencias legales, mientras que la cuarta es una instancia de asesoramiento y prospectiva:
- comisión denominada de la "copia privada" (artículo L. 311-5 del CPI), encargada de determinar los tipos de medios de reproducción, las tasas de la remuneración debida a los autores y a los titulares de derechos afines a cambio de los actos de copia privada y las modalidades de pago de dicha remuneración;
- Comisión denominada de la "remuneración equitativa" (artículo L. 214-4 del CPI) encargada de fijar el baremo de la remuneración debida a los artistas y a los productores a cambio de determinados modos de difusión de sus fonogramas y las modalidades de pago de dicha remuneración;
- en relación con el servicio del libro y de la lectura de la Dirección General de Medios de Comunicación e Industrias Culturales, la comisión encargada de una misión de vigilancia y peritaje relacionada con la aplicación de la excepción a los derechos de autor y derechos afines en beneficio de las personas con discapacidad (artículo R. 122-16 del CPI).
- Consejo Superior de la Propiedad Literaria y Artística (CSPLA), que desde 2000 reúne a las diferentes partes interesadas de los campos de la creación para asesorar al Ministro en materia de propiedad literaria y artística.
El BDPI representa a Francia a nivel comunitario y en el seno de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en todas las discusiones y negociaciones sobre directivas o tratados internacionales en materia de derechos de autor de derechos afines.
Además, elabora, en colaboración con el Ministerio de Asuntos Exteriores, la posición del Gobierno francés cuando éste desea presentar observaciones por escrito en el marco de una cuestión prejudicial planteada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Por último, el BDPI gestiona la cartera de marcas del Ministerio en relación con la Agencia del Patrimonio Inmaterial del Estado (APIE).