Los servicios prefectorales y los editores de prensa encontrarán en esta página las nuevas directrices para la inscripción en la lista departamental de las publicaciones habilitadas para recibir anuncios legales.

¿Qué son los soportes habilitados para recibir anuncios legales (SHAL)? 

La normativa impone que ciertos acontecimientos relacionados con la vida de las sociedades, de las colectividades locales o de los particulares sean objeto de un anuncio (denominado «anuncio legal») en un medio habilitado para recibir anuncios legales (SHAL). Así ocurre en el caso de una sociedad, en el momento de su constitución, de la modificación de sus estatutos, etc. Algunos contratos públicos lanzados por las colectividades locales también deben ser objeto de tal anuncio. Por último, para los particulares, este es el caso cuando se cambia de nombre por motivo legítimo.

Las SHAL son publicaciones de prensa o servicios de prensa en línea que han sido facultados por el prefecto para publicar esos anuncios en el departamento en las condiciones que se detallan a continuación. Los anuncios legales responden a un verdadero reto de información y transparencia para los ciudadanos, en particular en lo que se refiere a la vida de las empresas y, más en general, a la actividad económica de los agentes en el territorio.  La lista de SHAL en cada departamento está disponible en el portal Noticias legales (https://actulegales.es/).

Autorización para publicar anuncios judiciales y legales: actualización de las directrices en octubre de 2023

Las presentes directrices tienen por objeto orientar a los servicios prefectorales, encargados de la elaboración de la lista de los soportes habilitados para publicar AJL en cada departamento, en la evaluación del respeto, por los soportes candidatos a la inscripción, los criterios legislativos y reglamentarios que rigen la habilitación.

Estas directrices sustituyen a la circular de 3 de diciembre de 2015 relativa a las modalidades de inscripción de los periódicos autorizados a publicar anuncios judiciales y legales en todos los departamentos y en las colectividades de ultramar, que ha sido derogada.

Cuidado : las directrices y sus formularios adjuntos se actualizarán en octubre de 2023 para la campaña de habilitación realizada a finales de 2023 para el año 2024.

Con motivo de esta actualización anual, se invita a los servicios de las prefecturas a estar especialmente vigilantes en cuanto al respeto, por las publicaciones de prensa y los SPEL, del conjunto de los 5 criterios acumulativos previstos en el artículo 2 de la Ley de 4 de enero de 1955 antes citada y explicitados por las presentes Directrices.

En particular:

- el criterio 4, relativo al carácter sustancial del volumen de informaciones generales, judiciales o técnicas originales dedicadas al departamento y renovadas al menos semanalmente, requiere por parte de los servicios de las prefecturas un examen profundo y minucioso de los expedientes de candidatura de las publicaciones de prensa y de los SPEL (cf. explicaciones infra). Este examen deberá repetirse en cada campaña anual, sin que pueda renovarse automáticamente una autorización expedida en los años anteriores.

- el criterio nº 5, relativo al umbral de difusión (para las publicaciones impresas) o de frecuentación (para los servicios de prensa en línea): se recuerda que el Decreto no 2022-1393, de 31 de octubre de 2022, modifica el Decreto no 2019-1216 de 21 de noviembre de 2019 sobre los anuncios judiciales y legales redujo en un 10% los mínimos de difusión de pago de las publicaciones de prensa y servicio de prensa en línea, así como los mínimos de frecuentación de los servicios de prensa en línea.

Textos aplicables:

- Ley nº 55-4, de 4 de enero de 1955, relativa a los anuncios judiciales y legales, modificada en último lugar por el artículo 3 de la Ley nº 2019-486, de 22 de mayo de 2019, relativa al crecimiento y la transformación de las empresas;
- Ley nº 86-897, de 1 de agosto de 1986, sobre la reforma del régimen jurídico de la prensa;
- Decreto nº 2009-1340, de 29 de octubre de 2009, por el que se aplica el artículo 1 de la Ley nº 86-897, de 1 de agosto de 1986, sobre la reforma del régimen jurídico de la prensa;
- Decreto nº 2012-1547, de 28 de diciembre de 2012, modificado, relativo a la inclusión de anuncios legales sobre sociedades y fondos de comercio en una base de datos digital central;
- Decreto n³ 2019-1216 de 21 de noviembre de 2019 modificado relativo a los anuncios judiciales y legales.

Descargar formularios para editores de prensa: 

Formulaire publications de presse (mise à jour 2023).docx

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Formulaire services de presse en ligne (mise à jour 2023) V3.docx

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