Fondo de apoyo a las publicaciones nacionales de información política y general con escasos recursos publicitarios
La ayuda se divide en dos secciones y fue creada por el Decreto nº 2017-1700, de 15 de diciembre de 2017.
Los béaguadares
Las publicaciones nacionales de periodicidad semanal a trimestral reconocidas por la comisión paritaria de publicaciones y agencias de prensa como de carácter político y general.
Eligibilidad:
*Sección 1*
- Para semanarios, bimensuales y mensuales: Tener un precio de venta inferior al 130% del precio de venta medio ponderado por la difusión anual en Francia de los títulos de información política y general de la misma periodicidad, el precio medio de venta se calculará a partir del precio de venta al número de enero del año de concesión de la ayuda;
- Para los bimestrales y los trimestrales: Tener un precio de venta al número inferior al 160% del precio medio ponderado por la difusión anual en Francia de los títulos de información política y general de la misma periodicidad, el precio de venta se calculará a partir del precio de venta al número de enero del año de concesión de la ayuda;
- Tener una difusión media pagada en Francia que no haya superado los 300.000 ejemplares durante el ejercicio anterior al año de concesión de la ayuda;
- Tener ingresos por publicidad que hayan representado menos del 25 % de los ingresos totales.
*Sección 2*
- Haber recibido una ayuda en virtud de la primera sección durante al menos 3 años;
- Para semanarios, bimensuales y mensuales: Tener un precio de venta inferior al 130% del precio de venta medio ponderado por la difusión anual en Francia de los títulos de información política y general de la misma periodicidad, el precio medio de venta se calculará a partir del precio de venta al número de enero del año de concesión de la ayuda;
- Para los bimestrales y los trimestrales: Tener un precio de venta al número inferior al 160% del precio medio ponderado por la difusión anual en Francia de los títulos de información política y general de la misma periodicidad, el precio de venta se calculará a partir del precio de venta al número de enero del año de concesión de la ayuda;
- Tener una difusión media pagada en Francia que no haya superado los 300.000 ejemplares durante el ejercicio anterior al año de concesión de la ayuda;
- Tener ingresos por publicidad que representaron menos del 35% de los ingresos totales.
Una publicación sólo podrá beneficiarse de la ayuda abonada en virtud de la 2ª sección durante un máximo de tres años.
Un título que pierda el beneficio en virtud de la segunda sección del fondo durante uno de estos tres años podrá beneficiarse de la primera sección si cumple las condiciones.
Importe de la ayuda
El importe de la ayuda asignada a una publicación no podrá superar el 25 % de sus ingresos totales, excluidas las subvenciones públicas, del ejercicio anterior al año de concesión de la ayuda.
El importe de la ayuda atribuida a una empresa editora en virtud de una o varias publicaciones no podrá superar el 30 % de sus gastos de explotación del ejercicio correspondiente al año de concesión de la ayuda. Para la aplicación de este segundo límite máximo, en caso de sobrepago, la deducción se imputará a la ayuda abonada al beneficiario para el año siguiente o, en su defecto, la suma correspondiente se recuperará mediante la emisión de un título de percepción.
Para cada sección del Fondo, la ayuda asignada a cada publicación subvencionable será igual a la tasa unitaria de subvención*, multiplicada por el número de ejemplares efectivamente vendidos por dicha publicación durante el ejercicio anterior al año de concesión de la ayuda. La tasa se reduce en un 50% entre uno y dos millones de ejemplares y en un 100% más allá de dos millones de ejemplares. No obstante, el importe de la ayuda asignada a una publicación no podrá ser inferior a 1500 euros.
*Se fijará un tipo unitario de subvención para el pago de la ayuda con arreglo a cada una de las secciones del Fondo.
Esta tarifa unitaria se obtendrá dividiendo los créditos disponibles en cada sección por el número de ejemplares efectivamente vendidos, durante el ejercicio anterior al año de concesión de la ayuda, por el conjunto de los títulos subvencionables en la sección correspondiente
La fecha límite de presentación de los expedientes es el 31 de mayo de 2022.
Puede presentar su solicitud a través de la plataforma de trámites simplificados, cuyo enlace encontrará al pie de página
También puede descargar el formulario a pie de página y enviarlo junto con todos los documentos solicitados a: pluralisme.presse@culture.gouv.fr Por favor, recuerde nombrar los nombres de sus documentos. Los documentos justificativos de gran volumen se pueden depositar en el servidor Francia transferencia. El uso de otra plataforma de intercambio de archivos (Google Drive, Dropbox...) no garantiza la correcta recepción de los documentos. |
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