(Artículo 200 del Código General de Impuestos)
La Ley nº 2015-433, de 17 de abril de 2015, completó el artículo 200 del Código General de Impuestos abriendo el beneficio del régimen fiscal del mecenazgo a las asociaciones que trabajan por el pluralismo de la prensa. Esta disposición fue bautizada como «enmienda Charb», porque el director de Charlie Hebdo había apoyado la medida.
El monto de la reducción del impuesto sobre la renta concedida a los particulares es igual al 66% del importe de las sumas pagadas, tomadas dentro del límite del 20% de la renta imponible.
Por otra parte, este artículo abre la posibilidad de que los fondos de dotación apoyen a asociaciones o fundaciones que actúen en apoyo del pluralismo de la prensa (artículo 200, f bis) y g) del CGI).
Los organismos elegibles son las asociaciones de interés general, los fondos de dotación de interés general que ejercen acciones concretas en favor del pluralismo de la prensa y los fondos de dotación que financian asociaciones de interés general en favor del pluralismo de la prensa.
Actualmente, dos asociaciones gestionan donaciones en este marco:
- Prensa y Pluralismo, para las publicaciones,
- Me gusta la información, para sitios de prensa en línea.
Los donantes pueden utilizar sus donaciones para financiar una empresa o servicio de prensa en línea específico. Este mismo editor debe poder acogerse al régimen del artículo 39 bis A del Código general de impuestos (enlace superior a la página). Sin embargo, para beneficiarse de esta reducción, no debe existir un vínculo económico y financiero, directo o indirecto, entre el donante y el beneficiario.