2.1 Presentar una solicitud de apoyo a los programas de incubación de prensa y medios de comunicación
- La ayuda se dirige a las incubadoras y empresas de prensa deseosas de crear o desarrollar programas de incubación dedicados a los «jóvenes brotes» (medios emergentes y proveedores de soluciones dedicadas a los medios de comunicación).
Presenteión de la subvención
En el marco de la reforma de las ayudas a la prensa y con el fin de fomentar la innovación en el sector de la prensa, el Fondo de apoyo a la emergencia y a la innovación en la prensa, creado por el decreto nº 2016-1161, de 26 de agosto de 2016, lanza una convocatoria de proyectos para la creación o el desarrollo de programas de incubación en favor de los jóvenes medios de información o de sus proveedores de solución. Un programa de incubación se define como un programa de acompañamiento que, poniendo a disposición de las empresas las competencias y los instrumentos indispensables para su buen inicio y desarrollo, pretende hacer su proyecto estructurado y viable.
Además, se valorarán los vínculos con los actores de la investigación, de la enseñanza (escuelas de periodismo, de desarrollo informático, de grafismo, de comercio...), las agrupaciones internacionales existentes y los actores locales públicos o privados.
El objetivo es la creación de polos de innovación perennes dedicados a los «jóvenes empresarios» (proveedores de soluciones dedicadas a los medios y/o medios emergentes).
Estos programas deben permitir:
Agilizar las colaboraciones entre empresas de prensa y «jóvenes empresas» o agilizar las colaboraciones entre editores y proveedores de soluciones dedicadas;
- Romper el aislamiento del empresario permitiéndole intercambiar diariamente con sus compañeros;
- Facilitar la puesta en marcha de proyectos colectivos;
- Proporcionar a las empresas emergentes servicios administrativos, jurídicos, sociales, financieros y contables compartidos;
- Acceso a programas de aceleración, talleres temáticos, redes de expertos y tutores;
- Reforzar el atractivo del empresariado de los medios de comunicación y, en general, de los medios de comunicación, lo que supone la promoción de un entorno dinámico.
Condición(véase el pliego de condiciones a pie de página)
Podrán optar a la ayuda a los programas de incubación los proyectos que cumplan todos los criterios siguientes:
Ser dirigido por una incubadora o una empresa de prensa que desee crear o que ya haya creado un programa de incubación dedicado a la prensa y a los medios de información;
- Acoger la creación y el desarrollo de proveedores técnicos o editoriales especializados para las necesidades de los medios de comunicación o publicaciones, servicios de prensa en línea y otros medios de comunicación (títulos de prensa, servicios de prensa en línea, radios, televisiones, webradios, webtv...);
- Utilizar todas las herramientas siguientes: alojamiento, asesoramiento, formación. Cada uno de estos elementos se estudiará detenidamente en relación con la intensidad y la variedad de los medios utilizados.
En particular, se valorizará la capacidad de las empresas de prensa de atraer en toda su diversidad a los proveedores de soluciones (tecnológicas, gráficas, comerciales...) dedicadas a los medios de comunicación y/o medios emergentes.
Examen des proyectos
Los proyectos presentados serán examinados por el club de innovadores. El Director General de Medios de Comunicación e Industrias Culturales adjudica las ayudas previo dictamen del club de innovadores que reúne a representantes de la administración, representantes de las principales organizaciones representativas de los editores de prensa, y personalidades cualificadas.
Modalidades de cálculo y pago de la ayuda
La ayuda a los programas de incubación es una subvención de explotación que se refiere en particular a los gastos de alojamiento, de acompañamiento, de asesoramiento, de formación y de organización de actividades temáticas. Se calcula teniendo en cuenta los costes presentados para los dos primeros años del proyecto. El porcentaje máximo de la ayuda corresponde al 50 % de los gastos subvencionables.
Se abonará en dos tramos:
- el primer tramo se abonará previa celebración de un convenio entre el Estado y el beneficiario que fije, en particular, las modalidades de pago de la subvención;
- el pago del segundo tramo (saldo) está condicionado a una decisión favorable del Director General de Medios de Comunicación e Industrias Culturales, adopción, previa justificación de la realización del proyecto y de la conformidad de sus características con las contempladas en la Decisión de adjudicación.
El solicitante deberá detallar las acciones llevadas a cabo con el fin de perpetuar el programa de incubación más allá de los dos años cubiertos por el pago de la ayuda.
La ayuda concedida se ajusta al régimen marco exento n. SA.40391 de ayudas de investigación, desarrollo e innovación, prorrogado, basado en el Reglamento General de Exención por Categorías nº 651/2014 adoptado por la Comisión Europea el 17 de junio de 2014 y publicado en el DO el 26 de junio de 2014.
Evalatidel dispositivo
Por iniciativa de la Dirección General de Medios de Comunicación e Industrias Culturales pueden organizarse operaciones de control sobre el terreno y sobre el terreno para comprobar la exactitud de la información facilitada.
La dael plazo de presentación de candidaturas será el 31 de julio de 2021.
Para presentar su candidatura, hay que descargar el fichero al pie de página. La solicitud deberá precisar, en particular, el número y la naturaleza de las empresas que pueden incubarse, la duración de la incubación y los medios utilizados para garantizar, respectivamente, el alojamiento, el asesoramiento y la formación de las empresas incubadas, así como el plan de financiación del programa de incubación.
Los documentos deberán enviarse por vía electrónica, en formato legible, a la siguiente dirección: |
Por favor, considere cambiar el nombre de sus documentos de forma concisa.
Los justificantes que tengan un volumen importante se pueden depositar en el servidor en la siguiente dirección: Franceconnect ; Zephyrin.ext.culture.fr o a través de un enlace wetransfer.com. El uso de otra plataforma de intercambio de archivos (Google Drive, Dropbox...) no garantiza la correcta recepción de los documentos.
CONTACTOS/ Lucas PORTILLO |
Nicolas LE MOAL |