La Inspección General de Bibliotecas
La Inspección General de Bibliotecas es un servicio de control y asesoramiento colocado bajo la autoridad directa del Ministro de Educación Superior e Investigación y puesto a disposición del Ministro de Cultura para las bibliotecas de su competencia.
La Inspección ejercerá, entre otros, el control técnico del Estado sobre las bibliotecas públicas (bibliotecas municipales, bibliotecas departamentales de préstamo), misión permanente definida por el decreto de 9 de noviembre de 1988 (art. 7) [derogado]. Esta misión se lleva a cabo en estrecha colaboración con el Servicio del Libro y de la Lectura.
Por decisión del Ministro de Educación Nacional, Enseñanza Superior e Investigación o del Ministro de Cultura, estas misiones de control, evaluación y asesoramiento pueden ampliarse a otros organismos documentales que dependan de su autoridad. Los miembros de la Inspección pueden ser designados por decisión conjunta del Ministro de Educación Superior y de los ministros competentes para llevar a cabo misiones de control, evaluación y estudio de bibliotecas pertenecientes a otros departamentos ministeriales.
Cada año de los estudios temáticos son solicitadas a la Inspección por el Ministerio de Educación Nacional, Enseñanza Superior e Investigación, o el Ministerio de Cultura y Comunicación, en el marco de los programas anuales fijados por la Inspección.
Desde la supresión del cuerpo de inspectores generales de las bibliotecas (1992), la Inspección General de Bibliotecas está integrada por conservadores generales o conservadores en jefe de las bibliotecas, encargados de misiones de inspección.
La experiencia de los inspectores en materia de personal y su disponibilidad han llevado a las direcciones gestoras del personal de las bibliotecas a designar inspectores para presidir la mayoría de los jurados de contratación, a asociarlos al seguimiento de los cuerpos, encomendarles la investigación de expedientes disciplinarios.