Los sitios y paisajes
La ley de 1930 sobre los sitios permite proteger espacios de una gran diversidad: parques y jardines, espacios naturales, países y terrores marcados por la huella humana, lugares paisajísticos de monumento. Como actor de la calidad del paisaje, el Arquitecto de los Edificios de Francia tiene la misión de velar por los espacios inscritos o clasificados en virtud de los sitios. Da su opinión sobre los trabajos a realizar. Participa, ante el Inspector de los Sitios, en el montaje de los expedientes de inscripción o de clasificación.
En los lugares clasificados y las zonas de protección ( según el título III de la ley ), que son a priori inconstructibles, salvo muy raras excepciones, las declaraciones de obras dependen del prefecto, previo dictamen del Arquitecto de los Edificios de Francia. Los permisos de construcción o demolición dependen de la autorización del Ministro de Medio Ambiente, previa revisión por la Comisión Departamental de Naturaleza, Paisajes y Sitios CDNPS).
Las instalaciones podrán autorizarse en la medida en que se integren armoniosamente en el lugar. Los expedientes, instruidos por las Direcciones de Medio Ambiente, Planificación y Vivienda (TRATO), se someten al dictamen del Arquitecto de los Edificios de Francia y se presentan ante la comisión departamental de la naturaleza, los paisajes y los sitios. La publicidad está prohibida en los sitios clasificados, y la instalación de letreros debe ser objeto de un dictamen favorable del Arquitecto de los Edificios de Francia,
En los sitios inscritos, el Arquitecto de los Edificios de Francia debe ser consultado para cualquier proyecto de modificación, con excepción de los trabajos de explotación y mantenimiento corriente. Las solicitudes de autorización de destrucción estarán sujetas a notificación expresa. Las modificaciones o construcciones sólo son objeto de un dictamen simple, pero el Arquitecto de los Edificios de Francia puede sugerir al Ministro que recurra a medidas de urgencia o que inicie procedimientos de clasificación si considera que una intervención amenaza la coherencia del sitio. En los sitios inscritos, la publicidad está prohibida y los rótulos deben ser objeto de una autorización expedida por el STAP.
En Martinica los sitios se concentran principalmente en las zonas costeras (tanto terrestres como marítimas), los cabos, la Montaña Pelée, los valles del centro de la isla.