Siguiendo el dictamen favorable a la protección dado por la Comisión Regional del Patrimonio y de la Arquitectura (CRPA) reunida el 24 de junio de 2021, Hilaire Multon, Director Regional de Asuntos Culturales Hauts-de-France firmó por delegación de Georges-François Leclerc, prefecto de la región Hauts-de- Francia, prefecto del Norte la orden de inscripción en el título de los Monumentos Históricos del monumento siguiente, Considerando que presenta desde el punto de vista de la historia o/y del arte un interés suficiente para hacer deseable su preservación:

Departamento de Pas-de-Calais: Saint-Omer - Sala de conciertos

Construida entre 1833 y 1835 por la Sociedad Filarmónica de Saint-Omer, la sala situada en la plaza de San Juan, primero dedicada a la única función de auditorio y sala de bailes, recibe desde 1873 los cursos de la escuela de música. Es obra del arquitecto Alexandre Lemetre (o Lemez?) y está cerrada desde septiembre de 2018. El anexo que recibía la conserjería se añadió entre 1901 y 1903. Ante el declive de los bailes, una remodelación de la sala y una corrección acústica tuvieron lugar entre 1970 y 1973. La sala de conciertos desarrolla una arquitectura neoclásica propia de la Restauración aplicada a un programa de ocio en emulación en este período. El conjunto, legible sobrio y coherente a pesar de la adición de un anexo a principios del siglo XX, presenta un programa original en la región: en el estado actual, solo otra sala de conciertos en Arras (inscrita en su totalidad desde 2000), parece comparable por su tipología y decoración. La función musical y educativa mantenida desde la segunda mitad del siglo XIX se diferencia del uso teatral, representado por otra parte en Saint-Omer. Esta sala se integra en un recorrido musical antiguo y tiene por proyecto recibir de nuevo los cursos del conservatorio.
 

Inscripción en el título de monumentos históricos, en su totalidad, por decreto de 13 de octubre de 2021.

El procedimiento de protección:
La solicitud de protección en el marco de los Monumentos Históricos de un monumento es formulada por cualquier persona interesada (propietario, asociación, ...). La protección de los inmuebles, motivada por un interés de arte y/o de historia, se produce previa opinión consultiva de la CRPA y surte efecto tras la firma de las órdenes por el prefecto de región. Los edificios inscritos como monumentos históricos serán objeto de disposiciones particulares para su conservación, a fin de que todas las intervenciones de mantenimiento, de reparación, restauración o modificación puedan efectuarse manteniendo el interés que justificó su protección. Los monumentos protegidos se benefician de un seguimiento por la Conservación Regional de Monumentos Históricos (DRAC)