El Ministerio de Cultura acompaña a las radios asociativas locales mediante una subvención que les permite garantizar su misión de comunicación social de proximidad con los territorios.
Presentación del dispositivo
¿Qué es el fondo de apoyo a la expresión radiofónica local?
Creado en 1982, el fondo de apoyo a la expresión radiofónica local (FSER) tiene por objeto permitir a las radios asociativas locales (que representan cerca de 700 estructuras en Francia) garantizar su misión de comunicación social de proximidad a los territoriosgracias a las ayudas previstas por la ley. La misión de comunicación social de proximidad se entiende como el hecho de favorecer los intercambios entre los grupos sociales y culturales, la expresión de las diferentes corrientes socioculturales, el apoyo al desarrollo local, la protección del medio ambiente o la lucha contra la exclusión.
Los diferentes tipos de subvención
Las radios asociativas pueden beneficiarse de cuatro tipos de subvenciones en el marco del FSER:
- Tres de ellas tienen carácter automático:
- la subvención de instalación
- la subvención de equipamiento (inicial o complementaria, 1er o 2e pago)
- la subvención de explotación
- La cuarta tiene carácter selectivo:
- la subvención selectiva a la acción radiofónica
Lo que dice la ley
El fondo de apoyo a la expresión radiofónica local se encarga de la gestión de las ayudas públicas a las radios locales asociativas previstas por el Decreto nº 2006-1067 de 25 de agosto de 2006 (versión consolidada al 25 de octubre de 2014) modificado para aplicar el artículo 80 de la Ley nº 86-1067, de 30 de septiembre de 1986, relativa a la libertad de comunicación.
¿Estoy involucrado(a) en esto?
La subvención se concede a las emisoras de radio que:
- están autorizadas de manera permanente por el CSA (Consejo Superior del Audiovisual)
- son editadas por una asociación
- realizan una misión de comunicación social de proximidad
Los recursos comerciales de la radio deben ser inferiores al 20% de su facturación total.
La subvención de explotación y la subvención selectiva podrán solicitarse conjuntamente.
Las radios temporales y las radios web no pueden beneficiarse del FSER.
Procedimiento
Importe de la subvención
16.000 € como máximo, en vista del plan de financiación proporcionado por la radio.
Modalidades de concesión de la subvención
La solicitud deberá presentarse dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de inicio de la emisión fijado por la ARCOM o, en su defecto, a partir de la fecha de expedición de la autorización de explotación. Se trata de una ayuda de puesta en marcha por un importe máximo de 16.000 euros que sólo puede concederse una vez.
Los servicios de radio beneficiarios dispondrán de un año a partir del pago de la ayudapara dar cuenta de su utilización y enviar al FSER los justificantes de los gastos de instalación realizados para el inicio efectivo de la actividad radiofónica, de conformidad con el plan de financiación que permitió la concesión de la ayuda. Los justificantes (facturas, extracto del libro mayor, DADS, etc.) van acompañados de un extracto del extracto bancario que certifica el pago.
La falta de documentación pertinente dentro del plazo establecido obliga a la radio a reembolsar la totalidad de los importes percibidos. La falta de reembolso acarrea la suspensión del pago de cualquier subvención del FSER.
Calendario
- Presentación de expedientes: todo el año
- Examen de casos: los casos se examinan durante todo el año
Las decisiones las toma la Ministra de Cultura. La decisión de conceder una subvención o de rechazar la solicitud se notificará al presidente de la asociación.
Los pagos se efectuarán en un plazo de 6 a 8 semanas a partir de la notificación. Atención: los expedientes examinados en diciembre no serán objeto de notificación y pago hasta el mes de enero del año siguiente.
Criterios de subvencionabilidad
La solicitud de subvención de equipo inicial podrá presentarse en cualquier momento, una vez transcurrido el plazo de cinco años a partir de la concesión de una subvención de instalación o de una anterior subvención de equipo.
Cuidado Usted no es elegible si recibió una subvención de instalación o una subvención de equipo hace menos de 5 años.
Importe de la subvención
18.000 € máximo por período de 5 años, correspondiente al 50% de las sumas TTC invertidas en el proyecto de equipamiento radiofónico.
Modalidades de concesión de la subvención
Prevista en el artículo 4 del Decreto nº 2006-1067, de 25 de agosto de 2006, modificado, la subvención de equipo puede ser objeto de una solicitud complementaria, que deberá presentarse en un plazo de al menos dos años después de la presentación de la solicitud inicial. La solicitud complementaria se refiere a una inversión mínima de 4.000 €.
Esta subvención se paga en dos cuotas:
- el 1 corresponde al 60% de la ayuda prevista calculada sobre la base de los presupuestos presentados
- el segundo pago, es decir, el 40 %, se efectuará dentro del plazo de un año a partir de la notificación, previa presentación de las facturas que acrediten la realización de la inversión
Los justificantes irán acompañados de un extracto de extracto bancario que acredite el pago.
- Si la inversión es inferior al proyecto, el importe de la ayuda se revisará y el segundo pago se adaptará en consecuencia.
- Si la inversión es inferior al primer pago, si el solicitante renuncia espontáneamente al proyecto, o si la utilización de la subvención no se ha justificado en el plazo de un año a partir del primer pago, el solicitante deberá proceder al reembolso de las cantidades percibidas. La falta de reembolso acarrea la suspensión del pago de cualquier subvención del FSER.
Atención: la solicitud de ayuda debe producirse antes de la realización del proyecto. Es imperativo esperar a la notificación de la ayuda para iniciar las inversiones. Cualquier compra efectuada antes de la notificación no se tendrá en cuenta para el cálculo del importe de la ayuda, lo que dará lugar, en su caso, a una disminución de la ayuda concedida. Si todas las inversiones se realizaron antes de la fecha de notificación, se solicitará el reembolso de la ayuda ya abonada.
Calendario
- Presentación de expedientes: todo el año
- Examen de casos: los casos se examinan durante todo el año
Las decisiones las toma la Ministra de Cultura. La decisión de conceder una subvención o de rechazar la solicitud se notificará al presidente de la asociación.
Los pagos se efectuarán en un plazo de 6 a 8 semanas a partir de la notificación. Atención: los expedientes examinados en diciembre no serán objeto de notificación y pago hasta el mes de enero del año siguiente.
Criterios de subvencionabilidad
Desde la reforma de 2014, la subvención de explotación está reservada a las radios que cumplen las dos condiciones siguientes:
- proponer una programación de interés local específica para la zona geográfica de difusión de una duración diaria de al menos 4 horas entre las 6.00 y las 12.00 horas, excluidos los programas musicales sin animación o suministrados por un tercero
- justificar que dicha programación es realizada por personal de antena y en locales situados en esta zona de difusión
Importe de la subvención
De 4.000 a 40.000 euros por radio.
Modalidades de concesión de la subvención
El importe de esta ayuda se determinará mediante la aplicación de un baremo que tenga en cuenta los ingresos de explotación normal y corriente del servicio correspondiente a la actividad radiofónica. A diferentes tramos de productos corresponden diferentes niveles de subvenciones (su importe máximo es de 40.000 €).
La solicitud deberá presentarse a más tardar el 15 de abril del año siguiente al del cierre del ejercicio. Este plazo es imperativo.
Calendario
- Fecha límite de presentación: 15 de abril de 2023, 23:59 (hora de París). No se podrán presentar ni tener en cuenta expedientes después de esa fecha.
- Examen de casos: mayo de 2023 a febrero de 2024
Las decisiones las toma la Ministra de Cultura. La decisión de conceder una subvención o de rechazar la solicitud se notificará al presidente de la asociación.
Los pagos se efectuarán en un plazo de 6 a 8 semanas a partir de la notificación. Atención: los expedientes examinados en diciembre no serán objeto de notificación y pago hasta el mes de enero del año siguiente.
Criterios de subvencionabilidad
La subvención selectiva se concede a propuesta de la Comisión del FSER. Está concebida como una herramienta incitativa para el desarrollo de la misión de comunicación social de proximidad de las radios asociativas. A tal efecto, los expedientes de los servicios solicitantes se evalúan con arreglo a tres criterios principales y a cuatro criterios complementarios.
La concesión de esta subvención está supeditada a la realización de acciones culturales y educativas en favor de la integración, la lucha contra la discriminación, el medio ambiente y el desarrollo local.
Importe de la subvención
Modalidades de concesión de la subvención
El importe de esta subvención se determinará mediante la aplicación de un baremo.
El decreto fija el 15 de abril como fecha límite para la presentación de solicitudes de subvenciones de explotación y selectivas. Este plazo es imperativo.
Calendario
- Fecha límite de presentación: 15 de abril de 2023, 23:59 (hora de París). No se podrán presentar ni tener en cuenta expedientes después de esa fecha.
- Examen de casos: mayo de 2023 a febrero de 2023
Las decisiones las toma la Ministra de Cultura. La decisión de conceder una subvención o de rechazar la solicitud se notificará al presidente de la asociación.
Los pagos se efectuarán en un plazo de 6 a 8 semanas a partir de la notificación. Atención: los expedientes examinados en diciembre no serán objeto de notificación y pago hasta el mes de enero del año siguiente.
¿Cómo puedo presentar un caso?
- Para acceder al formulario en línea, haga clic en el botón "Ir al formulario" en la parte inferior de esta página.
- Inicie sesión o cree una cuenta y déjese guiar.
Ejemplos de proyectos apoyados anteriormente
Cada año, unas 700 radios asociativas se benefician de las ayudas del FSER (720 en 2021), que representan en promedio el 40% de sus recursos. Las radios locales asociativas, cuya contribución al pluralismo del paisaje radiofónico es esencial, garantizan una oferta de radios amplia y diversificada en todo el territorio francés. En toda Francia, tanto en el Hexágono como en ultramar, y en particular en los barrios de la política de la ciudad y en las zonas rurales, estos medios de comunicación de proximidad contribuyen, gracias a su densa red territorial y a su fuerte anclaje, la vitalidad de los territorios y el fortalecimiento del vínculo social.
Contribuyen a la información, al vínculo social, al entretenimiento y a la difusión de la cultura en los territorios. Además, participan en la vida económica, cultural y asociativa de las regiones para difundir numerosas iniciativas. Por último, recurriendo a periodistas, animadores y técnicos, participan en el dinamismo del tejido económico.
Una pregunta?
Para cualquier pregunta sobre el Fondo de apoyo a la expresión radiofónica local, pueden dirigirse a:
Dirección General de Medios de Comunicación e Industrias Culturales (DGMIC)
Oficina de Medios de Comunicación Privados
Fondo de apoyo a la expresión radiofónica local (FSER)
fser@culture.gouv.es
01 40 15 73 57
Si tiene algún problema técnico con la plataforma de depósito en línea, escriba a contact-sisub@culture.gouv.es.
Preguntas frecuentes
Sí. Después de cada paso validado (haciendo clic en «Guardar»), es posible salir del formulario. Entonces se guarda como borrador.
Podrá encontrar su borrador en la página de inicio del portal, en la pestaña «Mis solicitudes».
NB. Si se produce un error técnico antes de que haya guardado el primer paso, la información rellenada no se conservará.
Sí.Al rellenar un formulario, es posible volver a un paso anterior haciendo clic en «anterior» en la parte inferior izquierda de la pantalla o haciendo clic en uno de los pasos del menú de navegación situado encima del formulario. Los pasos registrados aparecen subrayados.
Una vez validado el formulario, recibirá una notificación en su espacio (pequeña campana situada a la derecha del campo «ayuda») así como un acuse de registro por correo electrónico.
Sí. Puede presentar una solicitud para cada tipo de subvención solicitada (para una solicitud conjunta de explotación y de subvención selectiva a la acción radiofónica, asegúrese de seleccionar «conjunta» en la naturaleza de la solicitud).
No. Debe preparar su caso solo con los documentos que se le piden.
Para acceder a su cuenta o iniciar un formulario, su nombre de usuario es la dirección de correo electrónico que introdujo al crear la cuenta. A continuación, haga clic en «contraseña olvidada» para solicitar el restablecimiento de la misma.
NB. No se olvide de reemplazar la contraseña actual por la recibida.
No, en el caso de una solicitud en línea, no debe enviar su carpeta impresa.
Sí. Puede descargar la carpeta de abajo.
Los documentos adjuntos se pueden descargar directamente en el formulario.
Estos documentos deben completarse en línea e integrarse en los campos correspondientes del formulario en línea.
El nuevo portal en línea le permite depositar varios documentos en el mismo espacio de descarga.
En cada espacio de descarga, haga clic en «Examinar» para recuperar el documento en su ordenador. Si ha descargado sus documentos previamente en su cuenta, bastará con hacer clic en el menú desplegable «Seleccionar un archivo desde el maletín».
En formato PDF o Word.
Si está utilizando Pages (Mac):
1. Abra el documento y seleccione Archivo > Exportar a > [formato de archivo] (el menú «Archivo» se encuentra en la parte superior de la pantalla).
2. Para definir los ajustes de exportación:
• PDF: Es posible abrir y, a veces, editar estos archivos con aplicaciones como Vista previa o Adobe Acrobat. Haga clic en el menú desplegable «Calidad de imagen» y seleccione una opción (cuanto mejor sea la calidad, más grande será la copia exportada).
• Word: Si necesita que el archivo sea compatible con una versión anterior de Microsoft Word (1997 - 2004), haga clic en «Opciones avanzadas» y elija «. doc» en el menú local.
Para reducir el tamaño de un archivo PDF, puede hacerlo:
• antes de convertirlo a PDF o al escanearlo seleccionando parámetros de baja resolución (por ejemplo, 150 dpi) y opciones de compresión al guardar.
• con un servicio en línea como smallpdf.com
Si tiene alguna pregunta, escriba a contact-sisub@culture.gouv.es especificando la naturaleza de su problema.
No, sólo las radios titulares de una autorización de uso de frecuencias no temporal expedida por la autoridad reguladora de la comunicación audiovisual y digital pueden beneficiarse de la ayuda del FSER.
No, la Ley de 30 de septiembre de 1986 relativa a la libertad de comunicación reserva la ayuda del FSER a las radios difundidas por vía hertziana, titulares de autorización de uso de frecuencias no temporales expedida por el Organismo Regulador de la Comunicación Audiovisual y Digital.
La fecha límite del 15 de abril no se refiere a la subvención de instalación. Podrá solicitarse durante los seis meses siguientes a la fecha de inicio de la emisión fijada por el organismo regulador de la comunicación audiovisual y digital en el momento de la primera autorización del servicio de radio.
Posteriormente, para poder beneficiarse de las ayudas anuales de funcionamiento, la solicitud debe efectuarse antes del 15 de abril e ir acompañada de los elementos contables (balance, cuenta de resultados) relativos al ejercicio anterior.
Los plazos de tramitación varían según el tipo de solicitud:
• si se trata de una solicitud de subvención de explotación y/o de una solicitud de subvención selectiva a la acción radiofónica: los expedientes se examinan de mayo a febrero. Las decisiones las adopta el Ministro encargado de la comunicación. La decisión de conceder una subvención o de rechazar la solicitud se notificará al presidente de la asociación. Los pagos se efectuarán en un plazo de 6 a 8 semanas a partir de la notificación. Atención, los expedientes examinados en diciembre no serán objeto de notificación y pago hasta el mes de enero del año siguiente.
• si se trata de una solicitud de subvención de instalación o de equipo: el plazo medio de instrucción es de dos meses. Atención, los expedientes examinados en diciembre no serán objeto de notificación y pago hasta el mes de enero del año siguiente.
El FSER no podrá concederle ninguna ayuda hasta que haya regularizado su situación.
Los plazos previstos para el envío de las solicitudes son imperativos; las solicitudes de ayuda deben presentarse obligatoriamente a más tardar en la fecha prevista por el decreto y recordada en el expediente, el matasellos de correos auténtico de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley nº 2000-321, de 12 de abril de 2000, relativa a los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones.
• Para las subvenciones de explotación y selectivas a la acción radiofónica, la fecha límite es el 15 de abril.
• No existe un plazo fijo para las subvenciones de equipamiento e instalación.
• El plazo relativo a las solicitudes de subvención de equipo se evaluará en función de la última ayuda al equipamiento o de la subvención de instalación concedida.
• Por lo que se refiere a las subvenciones de instalación, la solicitud deberá presentarse en los seis meses siguientes a la fecha de inicio de emisión fijada por la autoridad reguladora de la comunicación audiovisual y digital en la primera autorización del servicio, en su defecto, a partir de la fecha de expedición de la autorización de explotación.
Las decisiones de la Ministra encargada de la comunicación pueden ser recurridas ante el Tribunal Administrativo de París (7, rue de Jouy - 75004 PARIS) en un plazo de dos meses a partir de su notificación. También pueden ser objeto de un recurso de reposición, en el mismo plazo, ante el Ministro encargado de la comunicación. Este procedimiento prolonga el plazo de recurso contencioso, que debe presentarse en los dos meses siguientes a la respuesta de la administración. La falta de respuesta al cabo de dos meses equivale a un rechazo implícito.
El plazo de recurso gratuito se incrementará en un plazo de un mes para las asociaciones cuya sede social esté situada en las colectividades francesas de ultramar, a partir de la notificación de la decisión.
No, todo expediente de solicitud de subvención de explotación o de ayuda selectiva enviado después del 15 de abril será rechazado por retraso. Del mismo modo, todo expediente de solicitud de subvención de explotación o de ayuda selectiva expedido dentro de plazo, pero que no contenga a 15 de abril la ficha recapitulativa de los productos, el balance y la cuenta de resultados, será rechazado por ser incompleto. Por lo tanto, le corresponde a usted hacer lo necesario para reunir el máximo número de documentos contables y enviarlos antes del 15 de abril.
La fecha límite del 15 de abril se refiere únicamente a las subvenciones de explotación y selectivas a la acción radiofónica. No hay fecha límite para las subvenciones de equipamiento que pueden solicitarse durante todo el año.
Cuando se conceda una subvención de equipo, su importe será provisional, calculado sobre la base de los presupuestos facilitados en apoyo de la solicitud. Si no se realizan las inversiones previstas, se volverá a calcular a la baja. Se efectuará un primer pago correspondiente al 60 % de la ayuda.
El segundo pago, correspondiente al saldo de la ayuda (40 %), sólo debe solicitarse cuando el proyecto de equipamiento haya finalizado, dentro del límite de un año como máximo después de la notificación.
El segundo pago se calcula en función de las inversiones realmente realizadas (comprobadas por facturas pagadas).
La solicitud de ayuda debe presentarse antes de la realización del proyecto. Es imperativo esperar a la notificación de la ayuda para iniciar las inversiones. Cualquier compra efectuada antes de la notificación no se tendrá en cuenta para el cálculo del importe de la ayuda, lo que dará lugar, en su caso, a una disminución de la ayuda concedida. Si todas las inversiones se realizaron antes de la fecha de notificación, se solicitará el reembolso de la ayuda ya abonada.
Si abandona todo su proyecto, deberá renunciar a su ayuda por correo dirigido al FSER. Recibirás entonces un título de percepción emitido por el Ministerio de Cultura y te corresponderá proceder a la transferencia de la suma adeudada en un plazo de tres meses. Su derecho a beneficiarse de esta subvención se reabre a partir del reembolso de la suma.
Si solo ha realizado una parte del proyecto, puede enviar las facturas pagadas correspondientes, el importe de su ayuda se volverá a calcular a la baja (50 % de las sumas efectivamente invertidas) y esta ayuda se tendrá en cuenta para la evaluación del plazo de cinco años. Al solicitar el segundo pago, usted se compromete a no completar sus compras más adelante.
Si no renuncia a la ayuda o si no solicita el segundo pago presentando las facturas pagadas, se le podrá solicitar el reembolso total de la ayuda abonada.
Si su servicio radiofónico emite a 31 de diciembre de 2022 su programa en modulación de frecuencia (FM) y en modo digital (DAB+), puede beneficiarse del dispositivo de incremento aplicado a su subvención de explotación. Para poder acogerse a ella, deberá presentar las autorizaciones de emisión en FM y DAB+ en vigor (copia de publicación en el Diario Oficial y copia del convenio celebrado con el Arcom firmado con los anexos.