La distribución de la prensa escrita a los abonados puede ser realizada por La Poste o por redes de transporte. Esta actividad debe poder apoyarse en redes de transporte abiertas que participen plena y lealmente en una actividad de interés general regulada. Se invita, pues, a las redes de transporte a firmar un convenio con el Estado. El Ministerio de Cultura puede, en determinadas condiciones, concederles una ayuda financiera temporal para la inversión.
Presentación del dispositivo
¿Qué es una red de transporte?
Un red de transporte es una persona jurídica de Derecho privado cuya actividad consiste en organizar, por cuenta de uno o varios editores de prensa, la actividad de transporte de las publicaciones al domicilio del comprador. Así, las publicaciones se envían al domicilio del comprador no por correo postal, sino por vendedores ambulantes independientes o portadores de prensa asalariados de las redes.
Las redes de transporte participan, al igual que La Poste, en la misión de interés general de distribución de la prensa.
Contexto de creación de la ayuda temporal a las redes de transporte
Siempre que hayan firmado un acuerdo con el Estado, las redes de transporte de carga podrán solicitar la ayuda temporal a las redes de transporte de carga para el año 2024. Esta ayuda tiene por objeto apoyar las inversiones de las redes de transporte dedicadas a los gastos de modernización y desarrollo siguientes:
- infraestructuras;
- Sistemas de clasificación y distribución de flujos
- herramientas de logística;
- herramientas y medios de transporte;
- herramientas informáticas.
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- Empresas privadas
Las redes que deseen beneficiarse de la ayuda temporal a las redes deberán firmar un convenio con el Estado.
Las redes que no hayan celebrado un acuerdo con el Estado no podrán beneficiarse de la ayuda temporal a las redes de transporte.
Procedimiento
La ayuda temporal a las redes de transporte está dotada de 2,4 millones de euros para una quincena de beneficiarios.
El importe de la ayuda se determinará multiplicando por el importe unitario de la ayuda el número de ejemplares de las publicaciones mencionadas a continuación distribuidas por cuenta de terceros mediante portaje durante el año anterior al año de concesión de la ayuda. El importe unitario de la ayuda queda fijado en cuatro céntimos de euros.
Las publicaciones pertinentes son las siguientes:
- publicaciones reconocidas por la Comisión Paritaria de Publicaciones y Agencias de Prensa mencionada en el Decreto de 20 de noviembre de 1997 como información política y general en el sentido del artículo D. 19-2 del código de correos y comunicaciones electrónicas;
- publicaciones diarias que aporten regularmente informaciones y comentarios sobre la actualidad del conjunto de las disciplinas deportivas y que, en el momento del pago de la ayuda, cumplan las condiciones previstas en el artículo D. 18 del mismo Código;
- publicaciones calificadas de suplemento en el sentido del artículo D. 27-2 del mismo Código.
El importe de la ayuda no podrá ser superior al 80 % de las inversiones realizadas el año siguiente a aquél en virtud del cual se atribuya la ayuda y se destinen a los gastos de modernización y desarrollo siguientes:
- infraestructuras;
- Sistemas de clasificación y distribución de flujos
- herramientas de logística;
- herramientas y medios de transporte;
- herramientas informáticas.
La ayuda temporal a las redes de transporte se abonará en una sola vez, anualmente.
Los expedientes presentados en el marco de la solicitud de ayuda temporal a las redes de transporte se tramitarán según las modalidades previstas en el decreto por el que se crea. En caso de no firma o incumplimiento de los convenios, se denegará el beneficio de la ayuda temporal.
- 1 de marzo de 2024
- Plazo de presentación: 30 de abril de 2024, 23:59 (hora de París). No se podrán presentar ni tener en cuenta expedientes después de esa fecha.
- Anuncio de resultados: 2024
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Una pregunta?
Para cualquier pregunta sobre el convenio entre las redes de transporte y el Estado, así como la ayuda temporal a las redes de transporte, pueden dirigirse a:
Dirección General de Medios de Comunicación e Industrias Culturales (DGMIC)
Oficina del Régimen Económico de la Prensa
portage.presse@culture.gouv.es
01 40 15 86 20
182 Rue Saint-Honoré, 75001 París