Los espacios submarinos, especialmente vulnerables, ocultan y protegen bajo su superficie un patrimonio inestimable pero desconocido. Los restos submarinos conservan las huellas de las poblaciones que los atravesaron desde la prehistoria.
La arqueología submarina tiene por objeto detectar, proteger y estudiar estos bienes conservados bajo las aguas y hacer progresar los conocimientos. Toda operación debe ser objeto de una autorización y puede beneficiarse así del apoyo financiero del Estado.
Presentación del dispositivo
¿Qué es el patrimonio cultural subacuático?
El término «patrimonio cultural subacuático» se refiere a las huellas de existencia humana, sumergidas desde hace al menos 100 años. Estos rastros presentan un carácter cultural, histórico o arqueológico y pueden sumergirse total o parcialmente, de forma periódica o permanente.
Las operaciones arqueológicas submarinas son objeto de uno o varios programas de investigación científica:
- el sondeo, cuyo objetivo es detectar la presencia de elementos y tomar una muestra para evaluar el potencial arqueológico antes de iniciar una excavación)
- la excavación sobre un bien cultural marítimo
- el traslado o la extracción de un bien cultural marítimo
- la prospección con material especializado que permita establecer la localización de un bien cultural marítimo
El código del patrimonio (artículo L532-7) dispone que: "Nadie podrá realizar prospecciones con la ayuda de materiales especializados que permitan determinar la localización de un bien cultural marítimo, excavaciones o sondeos sin haberlas tenido previamente, obtenido la autorización administrativa expedida en función de la cualificación del solicitante y de la naturaleza y modalidades de la búsqueda."
Solicitud de autorización de búsqueda
Toda persona que desee realizar investigaciones arqueológicas en el dominio público marítimo debe solicitar una autorización al DRASSM y declarar su intención de realizar una operación arqueológica submarina.
La autorización expedida por el DRASSM indicará el lugar de la excavación, su superficie y su duración. También establece los requisitos científicos que deben cumplirse.
Esta solicitud comprende la inscripción en un PCR, una solicitud de registro programado, de sondeo, de prospección diacrónica, de prospección temática, de prospección con material especializado, de detector de metales, de identificación de bienes culturales marítimos, de desplazamiento de BCM, de estudio documental.
Delitos y sanciones penales
El Código del Patrimonio (artículos L544-5 a L544-11) establece que el hecho de que una persona incumpla las obligaciones de declaración previstas en el párrafo segundo delartículo L. 532-3 o a laartículo L. 532-4 está castigado con una multa de 3.750 €.
Está castigado con la misma pena el hecho de que cualquier persona haya hecho ante la autoridad pública una declaración falsa sobre el lugar y la composición del yacimiento en el que se haya descubierto el objeto declarado.
El hecho de que cualquier persona haya realizado prospecciones, sondeos, tomas de muestras o excavaciones sobre bienes culturales marítimos o haya procedido a un desplazamiento de dichos bienes o a una exacción sobre los mismos en infracción de lo dispuesto en el párrafo primero delartículo L. 532-3 o los artículos L. 532-7 y L. 532-8 está castigado con una multa de 7.500 €.
Objetivos del enfoque
Embarcaciones y barcos antiguos, varados, náufragos, sitios y lugares de vida sumergidos son el testimonio de la ocupación del territorio de los Hombres. El patrimonio cultural subacuático ha sido testigo de nuestra memoria común durante milenios. La protección y preservación del patrimonio cultural subacuático, como vestigios históricos, permite un mejor conocimiento de la cultura, la historia y las ciencias. Las investigaciones permiten enriquecer, inventariar, estudiar y valorizar el patrimonio arqueológico sumergido en el conjunto de las aguas marinas, para transmitir así los conocimientos a las generaciones futuras.
El objetivo principal de las autorizaciones de investigación arqueológica submarina es, pues, el estudio y la transmisión de los bienes culturales marítimos.
¿Estoy involucrado(a) en esto?
- Asociaciones
- Municipios
- Departamentos
- Organismos de investigación
- Particulares
- Regiones
El solicitante debe ser mayor de edad.
El proyecto debe estar situado en el Dominio Público Marítimo que se refieran a un buque de Estado perdido en aguas extranjeras cuyo país soberano reconozca el derecho de pabellón (véase el Convenio UNESCO Montego Bay 1982).
La solicitud no será elegible si:
- el proyecto no se sitúa en el dominio público marítimo francés
- ni el solicitante ni su equipo tienen calificaciones en buceo y arqueología
Procedimiento
El monto varía según los proyectos y las disponibilidades presupuestarias.
La subvención se abonará en dos fases. Se abonará un anticipo del 80 % una vez aceptada la solicitud.
El pago del saldo del 20% está condicionado a la transmisión de los siguientes elementos:
- informe científico de la operación, redactado de acuerdo con las recomendaciones para la redacción del informe final de la operación submarina
- entrega de la nota científica para el Balance científico del DRASSM
- del inventario de muebles
- entrega de la documentación generada por la operación (minutos de excavaciones, fotografías, registros, cortes, data surveyetc.)
- cuadro que resume el total de los gastos efectuados para la realización de la operación
- copia de los recibos de caja y/o facturas que justifiquen la totalidad de dichos gastos
Las asociaciones deberán adjuntar un informe financiero a su expediente.
Para las excavaciones en el mar, la autorización se expedirá, previo dictamen de la Comisión Territorial de Investigación Arqueológica (CTRA) y de la acción del Estado en el mar (prefectura marítima, DDTM, DML), por el Departamento de Investigaciones Arqueológicas Subacuáticas y Submarinas (DRASSM) sobre las acciones específicas presentadas.
La autorización se concederá al responsable de la operación teniendo en cuenta el proyecto de investigación, sus competencias y la composición de su equipo.
La tramitación de los expedientes tendrá en cuenta:
- la calidad y viabilidad del proyecto científico
- las cualificaciones del equipo
- las medidas de seguridad adoptadas para el equipo, bajo y sobre el agua, incluida la marea
Autorización de búsqueda
- Fecha límite de presentación: a más tardar el 1 de diciembre del año anterior a la realización de la operación.
- Anuncio de las decisiones: antes del 15 de abril del año de adjudicación
- Pago del anticipo: segundo semestre del año de adjudicación
- Solicitud de pago del saldo: a más tardar el 30 de junio del año N+1
El responsable de la operación un informe anual al DRASSMpermitiendo la evaluación de la investigación arqueológica por parte de la comisión territorial. El informe es un documento administrativo, científico y patrimonial que presenta los resultados de una operación arqueológica y marca su finalización anual.
Financiación
Los solicitantes pueden solicitar una subvención previa solicitud de autorización.
- Fecha límite de presentación: a más tardar el 1er diciembre del año anterior a la realización de las operaciones.
- Anuncio de las decisiones: antes del 31 de marzo del año de realización del proyecto.
- Para acceder al formulario en línea de solicitud de autorización, haga clic en el botón "Ir al formulario" en la parte inferior de la página.
- Inicie sesión o cree una cuenta y déjese guiar.
A continuación, podrá presentar una solicitud de subvención.
Ejemplos de proyectos apoyados anteriormente
- Los naufragios del D-Day, 1944 (Calvados). Frente a las playas normandas los fondos marinos conservan alrededor de 150 pecios de barcos, barcazas de desembarco, blindados y restos de puertos artificiales.
- Arqueología submarina del desembarco
- Los pecios corsarios de Saint-Malo. El descubrimiento de dos fragatas hundidas permitió mejorar los conocimientos sobre la guerra de carreras del XVIIIe siglo practicado por los corsarios.
Una pregunta?
Para cualquier pregunta sobre la autorización de investigación en arqueología submarina, le invitamos a dirigirse a:
Departamento de Investigaciones Arqueológicas Subacuáticas y Submarinas (DRASSM)
el-drassm@culture.gouv.es
04 91 14 28 00
147 Playa del Estaque 13016 Marsella